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La
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones
y para la Sociedad de la Información ha elaborado
el borrador de la nueva Orden por el que se aprueba
el nuevo Plan Nacional de Nombres de Dominio
de Internet bajo el código de país
correspondiente a España “.ES”.
Esta normativa, sustituirá a la vigente
Orden CTE/662/2003, de 18 de marzo, y tiene por
objeto flexibilizar los requisitos exigibles para
la asignación de nombres de dominio bajo
el indicativo “.ES”. La nueva normativa
entrará en vigor el próximo mes de
junio de 2005 y se establecién dos fases
previas a la apertura al público en general.
El principal punto a destacar de la reforma es la
notable simplificación de las reglas de legitimación
exigidas para obtener la asignación de nombres
de dominio de segundo nivel .es, reduciendo las
limitaciones y prohibiciones existentes en el actual
plan.
De gran notoriedad es la liberalización por
completo del registro de los dominios de segundo
nivel bajo el “.ES”, que se asignarán
sin comprobación previa, atendiendo a un
criterio de prioridad temporal en la solicitud tal
y como sucede en los dominios internacionales como
los dominios .com, .net, info etc, es decir, el
primero en solicitarlo será el que lo registre.
También cabe destacar que el nuevo precio
de los dominios .ES supondrá una notable
bajada en las tasas aplicadas a estos dominios,
promoviendo de este modo su mayor demanda y una
igualdad de precio con los dominios territoriales
de otros paises como Alemania o Francia. |
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| Fases |
Fecha |
Características
de la fase |
Entrada en vigor
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7
Junio 2005
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El nuevo plan
entra oficialmente en vigor |
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Fase
I
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Jun-Jul |
Reservada únicamente
a denominaciones oficiales, administraciones
y organismos públicos |
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| Periodo
intermedio entre fases I y II |
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Fase
II
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Sept-Oct |
Reservada únicamente
a titulares de nombres comerciales, marcas
registradas, denominaciones de origen y nombres
de empresa inscritas en el Registro Mercantil,
fundaciones, asociaciones y derechos de la
propiedad intelectual. |
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| Periodo
intermedio hasta apertura general |
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Noviembre
2005 |
Apertura
del registro al público en
general atendiendo a un criterio de prioridad
temporal en las solicitudes (Primero en solicitarlo,
Primero en registrarlo). |
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| Con el motivo de evitar situaciones
conflictivas o de abuso en la fase inicial de puesta
en marcha de la nueva normativa de registro de dominios
“.es”, se ha preparado un periodo de
registro escalonado para que las Administraciones
Públicas y los titulares de derechos de propiedad
industrial puedan registrar sus nombres antes de
la apertura al público general del registro
de nombres de dominio |
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Si usted o su empresa, pueden acogerse
a alguna de las dos fases previas establecidas antes
de la apertura al público en general, aprovéchelas
sin dudarlo. Sea precavido y registre sus nombres
de dominio .es para así evitar posibles conflictos
con terceros.
Recuerde que la reducción de las tasas que
también entra en vigor con el nuevo plan,
permitirá registrar dominios a precios muy
competitivos, lo que hará que el precio no
sea freno como lo era hasta ahora para empresas
y particulares. |
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